Semana del 5 al 9 de octubre
La educación en la Nueva España
- La universidad es una creación de la Edad Media, en donde grupo de estudiantes se organizaron en centros de educación, para defender sus pretensiones a libros y cuartos baratos, además de exigir cumplimientos a maestros.
- Por otra parte, también los profesores se organizaron, para defenderse contra las pretensiones de los estudiantes y evitar la filtración del magisterio. Finalmente, estas organizaciones de estudiantes y de profesores se juntaron para arrancar ciertos privilegios a la autoridad local; así surgieron las universidades.
- En el mundo hispánico, la universidad ha sido objeto de reglamentación central, monárquica, desde Alfonso el Sabio. Ya desde antes, en 1218 había surgido la universidad española de salamanca.
- Famosas universidades, como la de Oxford, son inclusive aglomeraciones de colegios y la soborna comenzó como colegio. En el mundo hispánico, finalmente, los colegios y las universidades se parecían mucho.
- Las diferencias consistían en: La democracia que caracteriza a la universidad. La autonomía respecto de autoridades locales que a menudo alcanzo la universidad . El valor de los títulos otorgados.
- Desde la conquista, varias ordenes establecieron sus colegios en la nueva España: los franciscanos establecieron sus escuela mas importante como el Colegio de Santa Cruz de Tlatelolco. Después de los franciscanos, los dominicos establecieron sus colegios. Como el Colegio de San Nicolás en Pátzcuaro, luego trasladado a Valladolid.
- Los jesuitas añadieron brillantes institutos y su expulsión significo una perdida para la educación novohispana. La iniciativa de Rodrigo de Albornoz de pedir al emperador la fundación de un colegio de una Universidad Novohispana, que permitiera a los hijos españoles obtener títulos de igual valor de los de Salamanca.
- El órgano supremo de la Universidad era el Claustro, generalmente compuesto del rector, del cancelario y de varios otros miembros, coptados. Las cátedras se obtenían por oposición, existiendo al respecto muy complicadas reglas. Durante el virreinato esta universidad produjo 37732 bachilleres, además de 1655 licenciados y doctores.
- Había escuelas privadas especiales para mujeres llamadas “amigas” pero se necesitaba una licencia. La educación elemental de los hijos de la clase media y superior. Los últimos virreyes buenos hicieron un esfuerzo especial para balancear la educación superior con una educación primaria como muchas escuelas de letras fueron financiadas por cada pueblo o fundaciones, los gastos no figuraban en los gastos del virreinato, de modo que es difícil formarse una idea del alcance de la educación primaria novohispana. A pesar de estos esfuerzos, cuando México alcanzo su independencia solo 30,000 ciudadanos sobre un total de 6 millones sabían leer y escribir.
- Pasemos a la enseñanza elemental, desde la conquista algunos frailes parecen ocuparse de ella, fray Pedro de Gante fundo una escuela de primeros letras para los indios, pero los frailes se ocupaban de proyectos ambiciosos donde se enseñaban a los indios solo la lengua española y la doctrina cristiana.
- Carlos V propone a los sacristanes y menciona expresamente la posibilidad de enseñanza del español para que así los ciudadanos aprendan a leer y escribir, en general sorprende la escasez de normas sobre la enseñanza elemental en la legislación indiana, que por lo demás reglamenta tan minuciosamente la vida de los tiempos virreinales.
El real patronato
- Surge desde la época visigoda, los reyes habían tratado de influir en los nombramientos de los obispos, residentes de los territorios y el hecho de que durante la Edad media los obispos solían ser al mismo tiempo señores feudales que como tales solían ser al mismo tiempo señores feudales que dependían de los reyes, habían dado nuevas fuerzas a estos intentos.
- Derecho canónico medieval. Es el patronato sobre las iglesias, etc. Por parte de poderosos laicos, es una institución reconocida y reglamentada.
- Derecho estatal. Partidas reglamentan el Patronato en 1.15 leyes. Ley de las Ordenanzas Reales, libro I, titulo 6 de 1280.
- Baja Edad Media. El Rey de Castilla tenia derecho a presentar candidatos idóneos para altas funciones eclesiásticas (se trataba de proponer, no nombrar).
- El vaticano concedió un amplio Patronato sobre la iglesia establecida en territorios. Este Patronato es importante ya que en la Bula Eximiae Devotions, el Vaticano otorga la Corona de Castilla, respecto de las Indias Occidentales una misma posición de la que ya habían conquistado en África la corona Portuguesa.
- Liberación de España. A finales del siglo XV, al mismo tiempo como cruzada religiosa contra los moros. Inocencio VIII otorgó importantes privilegios contra la Corona de Castilla, incluyendo el derecho de cobrar diezmos.
- En otra Bula con el mismo nombre de Eximiae Devotionis , el Vaticano otorgó la Corona de Castilla de derecho de colores diezmos en las indias Occidentales.
- Este Regio Patronato sobre la iglesia en las Indias Occidentales se enriqueció varias veces la Corona en 1525 recibió el derecho de alterar los límites de los obispos.
- El nombramiento de Zumárraga como obispo mexicano por cédula real de 1527, demuestra que la Corona insistía en la ida de imponer sus candidatos.
- Bajo este Patronato, las ordenes regulares tan importantes en España desde el siglo XIII gozaban de una relativa independencia, que en comparación al clero secular: podían prestar en forma que quedaría velada.
La inquisición
- Fue un antiguo tribunal eclesiástico establecido para descubrir y castigar las faltas contra la fe o doctrinas de la Iglesia.
- Surgió en la lucha cruel contra los albigenses y desde que los reyes le habían pedido a Sixto IV que Castilla se viera favorecida por el establecimiento de un tribunal permanente del Santo Oficio de la Inquisición.
- Cada obispo debía perseguir a los herejes dentro de su diócesis, pero como muchos obispos no se mostraron muy activos al respecto, el vaticano medieval introdujo la costumbre de enviar legados pontificios a las regiones donde hubiera peligro para la fe.
- Desde tiempos de Martín de Valencia y Zumárraga (aprox. 1527), la inquisición había trabajado incidentalmente en la Nueva España.
- Felipe II autorizó el establecimiento permanente de la inquisición en las indias, por lo que se refiere a la Nueva España; el virrey recibió ordenes un año después de señalar casa en México a este tribunal.
- El tribunal se componía de dos inquisidores y un acusador o fiscal.
- No molestaba a los indios, varios de sus jueces eran ejemplos de integridad, sus víctimas eran en parte judíos y extranjeros, un auto de fe era siempre un espectáculo grato y los heterodoxos religiosos tenían a menudo ideas apegadas a su pensamiento en materia política.
- El anticlericalismo de los borbones disminuyó la importancia de la inquisición:
- Fue sometida a cierto control por parte del Rey.
- Fue suprimida dos veces en nuestro territorio, una fue el 8 de junio de 1813, para restituirla el 21 de enero del año siguiente.
- La supresión definitiva se dio el 10 de junio de 1820.
El poder económico de la Iglesia
- El patrimonio eclesiástico a finales de la fase virreinal es un tema que generó controversia, puesto que, aún con las restricciones impuestas por las leyes de Indias, esta codificación no resultó muy eficaz, e igualmente los colonos temían que el clero monopolizara la fortuna novohispánica.
- La restricción que mencionaba es en referencia a la adquisición de inmuebles por organismos eclesiásticos. No está claro si la disposición tuvo una interpretación restrictiva o cayó en desuso.
- Lo que sí es seguro, es que, a finales de la fase virreinal, el 90% de las fincas urbanas era propiedad de la Iglesia, con el argumento de que era “por su valor y su título”. Mientras que las fincas rústicas eran casi todas de particulares, por su título, pero por su valor, en gran parte al clero.
- Según la obra del Dr. Mora, “de las fincas urbanas de la República, al menos dos terceras partes pertenecen a las comunidades y conventos”.
- El barón Alexander Von Humboldt aseveraba que, en su época, el clero mexicano apenas poseía bienes raíces por valor de dos o tres millones de pesos, pero el capital que los convenios, capítulos, cofradías, hospicios y hospitales habían puesto sobre hipoteca de tierras, ascendían una suma de aproximadamente 44 millones ½ de pesos.
- De esta manera, Mora y Humboldt coincidían en que “la propiedad por valor, pero no por título le correspondía a la Iglesia, y era enorme en el campo”. Sin embargo, su opinión dista en cuanto a la propiedad urbana eclesiástica, ya que, según Mora, esa propiedad urbana era “por valor y por título” y correspondía a un 90%, lo cual significaría una cantidad mayor a los “dos o tres millones de pesos” mencionados por Humboldt.
- Por su parte, Lucas Alamán, un autor católico, conservador y reconocido académico, consideraba que la Iglesia dominaba la mitad de la riqueza inmueble del país.
- Sea cual sea el autor que lo describa, es evidente que el poder económico de la Iglesia era considerable hasta antes de la desamortización. Aquí es importante señalar que la desamortización más importante ocurrió hacia 1857, cuando los liberales hicieron acciones más radicales, quitándole propiedades y dinero a la Iglesia, desatando un gran conflicto.
- Es muy probable que si juntáramos el patrimonio productivo con el improductivo (como lo eran templos u obras de arte), esto daba como equivalente al orden de casi todo el ingreso nacional de un año. Esto asevera que el poder económico de la Iglesia a fines de la fase virreinal fue enorme.
- Luego de dos generaciones de vida independiente, la Iglesia había perdido prestigio y parte de su patrimonio ya era parte de valores más fáciles de salvar que la propiedad inmueble (la propiedad inmueble se traduce como casas, parcelas, fincas, etc.). Esta propiedad inmueble mexicana era aproximadamente 1355 millones.
- Pese a ello, Miguel Lerdo de Tejada realizó un reporte que llegaba a la conclusión de que una cuarta o quinta parte (250-300 millones) de la propiedad inmueble mexicana pertenecía a la Iglesia, sumando la enorme cantidad de préstamos hipotecarios que eran concedidos por esta.
La estratificación social novohispánica
- En la cúspide de la pirámide social novohispana encontramos la alta burocracia, ocupada por los peninsulares a menudo pertenecientes a la nobleza española, solo trabajaban unos años y se iban.
- Criollos. Son destacados los descendientes de los primeros colonos, conquistadores, arrancando desde hazañas militares y por riquezas
- Esta aristocracia trataba a menudo garantizar su subsistencia a través de los siglos mediante el sistema de las ¨vinculaciones¨ o ¨mayorazgo¨, el representante privilegio de la familia en cada generación (generalmente el hijo mayor), recibía los bienes inmuebles, no en propiedad.
- El 21.09.1585 una Real Cédula dispone que solo pueden establecerse vinculaciones aprobadas por la audiencia.
- La actitud respectiva frente a tales vinculaciones, desde luego, se explica por razones fiscales (bienes inmuebles que no pueden ser vendidos-que se encuentran en la "mano muerta"- no producen periódicamente los ingresos por “papel sellado”-)
- En su critica de los mayorazgos, J. M. L. Mora también observa correctamente que “para que la población progrese en una colonia naciente es necesario que las tierras sean divididas en pequeñas porciones y que la propiedad pueda ser transmitida con mucha facilidad”. El mayorazgo iba en contra de estos dos requisitos
- Las desventajas que los mayorazgos significaban para el fisco fue compensada, de vez en cuando, por medidas especiales a cargo de ellos, como cuando el 8.09.1796 se establece, por primera vez, un impuesto del 15% del valor de los bienes vinculados.
- La nobleza precortesiana conservaba un lugar preeminente en la fase colonial: fueron aprovechados como eslabones entre el mundo indio y el de los colonizadores.
- Mestizos, clase media, dedicados a los inferiores de la vida burocrática, gremial, sacerdotal o comercial.
- Indios, pequeños campesinos, peones en los latifundios u obreros, dentro de ellos tenían diferencias, el indio minero que era bien pagado, indio que vive en pueblo indio relativamente libre, los indios nómadas.
- Peón de la gran hacienda, aún favorecido por una vida en el campo, que era relativamente saludable y que permitía generalmente cultivar pequeñas superficies por su propia cuenta.
Capitulaciones de Santa Fe
- Firmadas por los Reyes Católicos, Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón, el 17 de abril de 1492, en Santa Fe de la Vega.
- Recogían los acuerdos alcanzados con Cristóbal Colón, relativos a la expedición que se planeaba por el mar hacia occidente; en este documento, se establecen los términos y condiciones para el viaje.
- El viaje de Colón se valúa en aproximadamente 2530 millones de euros (lo equivalente a 63 mil millones de pesos) sería con la finalidad de establecer una ruta comercial donde negociarían las especias de Hispania.
- Se nombraría a Cristóbal como almirante, virrey, gobernador y jefe del ejército de todo lo que encontrara en las Indias. Al mismo tiempo, ese hallazgo le pertenecería al Reino de Castilla; en el momento en que esto se estipula, empieza el derecho indiano.
- La penetración española en sí, se dio el 12 de octubre, posteriormente, vino la de otros países europeos.
Polémica indiana
- Reunidos en capítulo, la comunidad prepara y firma un sermón, que Fr. Pedro de Córdoba encargará que predique fray Antón Montesino. Era la voz de la comunidad que proclama y denuncia.
- Los encomenderos reaccionaron y acusaron a los frailes ante el rey. Los dominicos viajaron a España para defender su postura y logran la proclamación de las Leyes de Burgos en 1512, primer código de legislación del nuevo mundo.
Junta de Vurgos
Llevada a cabo en 1512, entre teólogos y juristas, como consecuencia de la denuncia de Fray Antonio de Montesinos.
Leyes de Vurgos
Fueron reconocidas como el primer cuerpo legislativo aplicado americano.
En ellas se plantea por primera vez la cuestión ética de la Conquista. Dictan 35 ordenanzas donde se da estatuto civil, se reconoce el trabajo, la dignidad y la libertad a los indios.
Comentarios
Publicar un comentario